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¿Puede el inquilino cambiar la cerradura de un piso de alquiler?



¿Vas a estrenar piso de alquiler o llevas tiempo en la vivienda pero siempre has querido cambiar la cerradura por un tema de seguridad? Te explicamos si puedes hacerlo y cómo notificarlo a la propiedad.

¿Puede el inquilino cambiar la cerradura de un piso de alquiler?

Muchos arrendatarios se quedan más tranquilos cuando al entrar en una vivienda de alquiler cambian la cerradura. No tanto por miedo a que la propiedad pueda entrar en la vivienda, como a que se quede algún juego de llaves sin entregar o que inquilinos anteriores aún conserven alguna llave.

Lo cierto es que realizar un cambio de la cerradura de una vivienda de alquiler, es un sistema acertado de seguridad porque, pese a que una de las medidas que se toma cuando se alquila un inmueble es entregar todo los juegos de llaves a los arrendatarios, nunca se sabe si hay alguna copia antigua que no se haya podido localizar.

A la hora de cambiar la cerradura de una vivienda alquilada, el inquilino puede realizarlo sin miedo a no tener derecho a ello, en parte, porque al alquilar una vivienda se hace para el uso y disfrute del arrendatario, por tanto, sí, como inquilino puedes cambiar la cerradura de tu piso de alquiler.

Respecto a si avisar o no a la propiedad del inmueble, como tal el arrendatario no está obligado a hacerlo, pero si es recomendable mantener un diálogo cordial e informarle. Un aspecto importante respecto al cambio de cerradura que debes saber es que, tras finalizar el contrato de alquiler, deberás entregar todos los juegos de llaves del inmueble.

Algunos inquilinos nos preguntáis si al cambiar la cerradura de la vivienda en alquiler es necesario entregar una copia a la propiedad. En principio no es necesario ni hay porque entregar una copia al propietario, pues este no puede entrar en la vivienda alquilada, durante la vigencia del contrato. Otra cosa es si por seguridad y confianza quieres que disponga de un juego de llaves por si la perdieses. Recordamos que salvo consentimiento expreso del arrendatario, el propietario no puede entrar en la vivienda alquilada durante la vigencia del alquiler pues incurriría en un delito de allanamiento de morada. Por otro lado, si consultamos sobre este asunto en el código penal, en su artículo 202 leeremos “el particular que no habite en la vivienda no podrá acceder sin consentimiento expreso”

En último lugar es importante que indiquemos que la propiedad de la vivienda jamás puede cambiar la cerradura del inmueble mientras tenga arrendatarios en su interior.

Si tienes dudas sobre cómo realizar el cambio de cerradura de una vivienda en alquiler, ¡pregúntanos! Nuestros asesores inmobiliarios te ayudarán a resolver todas tus preguntas.





5 Comentarios

  • Carmen Javaloy 1 años 211 días hace
    Si un propietario alquila habitaciones de su piso y él se reserva una de las habitaciones como un inquilino más. Si uno de los arrendatarios de la habitación cambia la cerradura impidiéndole entrar en la vivienda, el propietario que a la vez es inquilino y lo tiene especificado por contrato, el propietario puede cambiar la cerradura para poder entrar siempre que le dé una llave a esta inquilina.
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    • Álvaro Crespo Bedoya 1 años 211 días hace
      Buenas tardes Carmen,

      Ningún arrendatario de un inmueble puede privar al resto del uso del mismo, ni cambiar la llave de acceso sin dar copia al resto o podría tener responsabilidad penal y/o civil. En cualquier caso es un caso complejo y convendría revisar la situación particular.

      Puede contactar con nuestro despacho a través de: [email protected], si quiere que revisemos el asunto de manera particular.
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  • JB 2 años 225 días hace
    Si el alquiler es de vivienda o incluso de larga duración el arrendatario tiene derecho a la protección de su intimidad,
    privacidad y enseres y, por ello, a cambiar la cerradura y así cerciorarse de que no hay llaves en manos de terceros. Y el arrendador, vigente el contrato, es un tercero a estos efectos y ni siquiera ha de ser informado del cambio y sin perjuicio de su derecho a que se le entreguen las nuevas llaves cuando concluya el contrato.
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    • Álvaro Crespo Bedoya 2 años 212 días hace
      Buenas tardes,
      En relación con su consulta, indicarle que el propietario no tiene derecho a entrar en el piso mientras sea arrendatario. El realizar un cambio de cerradura en un piso de alquiler es una medida de seguridad lógica y entendible. Realmente, el propietario no puede garantizar que no haya quedado un juego de llaves en manos equivocadas. Es decir, el cambio de cerradura se puede realizar.
      No obstante, es recomendable preavisar al propietario para mantener una relación cordial y amable. Ya que, al finalizar el contrato de alquiler, deberán entregarse todos los juegos de llaves.
      Puede contactar con nuestro despacho a través de: [email protected], si quiere que revisemos el asunto de manera particular.
      Un cordial saludo.
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  • cerrajeros madrid 24 horas 4 años 106 días hace
    Aunque no está obligado a avisar es cierto que lo más correcto sería hacerlo. Al fin y al cabo no deja de ser el propietario de tu vivienda. Cuanto mas cercana sea la comunicación, mejor. Muchas gracias por la información. saludos
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