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Vivir en un piso de alquiler con mascotas, ¿si o no?



Las mascotas son un miembro más en muchas familias y cada vez son más las personas que comparten su día a día con ellas. El deseo de convivir con animal de compañía, como es lógico, también se da en personas que viven en un inmueble arrendado, pero en muchas ocasiones los propietarios de las viviendas son reacios a que estas habiten en su vivienda. Por este motivo, tanto a propietarios como a inquilinos, os damos varias claves relacionadas con el alquiler con mascotas. ¡Muy atentos!

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¿Se puede prohibir la entrada de una mascota?

El propietario, al igual que elige a las personas que va arrendar su vivienda, también tiene la potestad de decidir si está permitido o no que en la vivienda pueda haber mascotas ya que, por ejemplo, en muchos anuncios de pisos de alquiler cuentan con la frase: “No se admiten mascotas”. Por ello, si tienes un animal, o estás pensando en tener uno, debes fijarte muy bien si están permitidos y, en caso de no especificar nada, hablar con el arrendador para cerciorarte si puedes introducirlo.

¿Qué dice la ley?

La Ley de Arrendamientos Urbanos no especifica nada exacto respecto a sobre si está permitido o no la tenencia de animales en una vivienda de alquiler. A pesar de ello, la legislación vigente deja todo este tipo de situaciones, a lo estipulado por el dueño de la vivienda o a lo acordado entre ambas partes a la hora de firmar el contrato de arrendamiento. Además, si eres propietario de un inmueble y no quieres que tu inquilino introduzca mascotas, tienes que especificarlo en una de las cláusulas del documento.

Las acciones siempre con coherencia

Si eres inquilino y puedes tener una mascota, utiliza el sentido común. Cuando vayas a elegir una vivienda, filtra tus búsquedas dependiendo del tamaño de la vivienda. Como amante de los animales sabrás que cada especie necesita un tamaño adecuado para habitar. Por este motivo, no es adecuado arrendar un apartamento con pocos metros cuadrados para convivir con un animal que necesita mucho espacio para vivir.

Si eres propietario, tienes que olvidarte de que una mascota es la responsable de la mala conservación de un inmueble. Como las personas, si el animal está bien educado, no generará ningún tipo de problema.

Si no está permitido, ¿y hay una mascota en casa?

En caso de que el contrato especifique que no se puede alquilar con mascotas, y, aun así, el inquilino ha decidido convivir con su animal, es un motivo más que evidente para dar por resuelto el documento que regula el arrendamiento del inmueble, según se especifica en el artículo 27.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

 

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