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¿Hay que actualizar la fianza y el depósito?



¿HAY QUE ACTUALIZAR LA FIANZA Y EL DEPÓSITO?

Cuando vamos a alquilar una vivienda, suelen surgir dudas sobre todo lo que tenemos que tener en cuenta. Hay muchas veces que surgen preguntas sobre el contrato, o qué hacer con la fianza y el depósito de garantía. No obstante, cuando ya llevas un tiempo alquilando tu piso y vas a modificar el precio de alquiler, ¿sabes si la fianza y el depósito debes actualizarlo? ¿y sabes cuándo lo tienes qué hacer?

Puede que te lo hayas planteado muchas veces, que por primera vez te haya surgido esta nueva duda o que te hayas visto envuelto en esta situación recientemente y quieras más información. Sea cual sea tu motivo, en este post vamos a aclararte todo lo que necesitas saber tanto de la fianza legal como del depósito de garantía, así como de su actualización.

¿QUÉ ES LA FIANZA LEGAL Y QUÉ TENGO QUE HACER CON ELLA?

Lo primero de todo es saber qué significa fianza legal y para qué sirve. La fianza legal es una garantía de que el inquilino va a cumplir todo aquello que se indica en su contrato de arrendamiento. La fianza supone, por tanto, una entrega de un importe económico por parte del inquilino al arrendador de su piso de alquiler.

El importe de la fianza legal está fijado con antelación y se debe ajustar a lo establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos. En esta normativa se establece que la cantidad de fianza debe ser igual a una mensualidad de renta.

¿Qué tengo que hacer con la fianza?

Una vez recibes la fianza de tus próximos inquilinos, como propietario tienes la obligación de depositar este importe en el organismo de la comunidad autónoma autorizado para ese fin, tal y como legislan en las normativas autonómicas.

Este paso es completamente obligatorio para todos los propietarios de viviendas en alquiler. Si no se deposita la fianza legal, el propietario se puede enfrentar a sanciones económicas y podría ser imputable por daños y perjuicios causados al inquilino. Por su parte, para que el inquilino pueda optar a beneficios fiscales por vivir de alquiler, solo podrá acceder a las ayudas si la fianza ha sido depositada. ¡Y recuerda! Desde que se firma el contrato, solamente tienes 30 días para depositarla en el organismo pertinente.

¿Cómo y cuándo se actualiza?

Lo primero que debemos saber es cuándo se actualiza. Es importante tener en cuenta que durante los tres primeros años obligatorios de contrato no se tiene que actualizar. Sin embargo, una vez empiezan las prórrogas de contrato, a partir del tercer año y si el precio del alquiler cambia, sí que debes actualizar la fianza legal.

Ahora bien, si el precio de alquiler de tu piso ha aumentado o disminuido, debes actualizar el importe de la fianza legal. La actualización de este importe se lleva a cabo desde la institución en la que ingresaste la fianza y depende de cada comunidad autónoma.

En el caso de Madrid, por ejemplo, tanto para incrementar como para disminuir la fianza, debes acceder a la web de la Comunidad de Madrid y cumplimentar el formulario online. En la propia web se indican los pasos a seguir por lo que es un trámite más fácil de lo que puede parecer.

¿QUÉ ES EL DEPÓSITO DE GARANTÍA?

¿Y el depósito de garantía y la fianza legal es lo mismo? Muchas personas, en una situación de alquiler de vivienda, se hacen esta misma pregunta. La respuesta es no, no es lo mismo. Entonces, ¿qué es un depósito de garantía? Pues se trata, concretamente, de un respaldo adicional a la fianza.

La Ley de Arrendamientos Urbanos recoge la posibilidad de que propietario e inquilino pacten garantías adicionales a la fianza legal. Este respaldo adicional puede ser, por ejemplo, una cuantía económica, un aval bancario o un seguro. En Alquiler Seguro solicitamos un depósito de garantía, que no es más que una cantidad económica, que suele ser el equivalente ala fianza legal (un mes de renta). Sin embargo, no tiene por qué ser el mismo. En casos de mayor riesgo de impago por parte del inquilino, puede ser una cantidad más alta que la fianza legal.

Este importe, además, será devuelto al inquilino una vez termine el contrato, en el plazo de 60 días desde el giro del último recibo, siempre y cuando no existan deudas de impago en las rentas mensuales y de los suministros y no se ha producido una rotura contractual. El dinero del depósito de garantía lo va a custodiar siempre Alquiler Seguro y no el propietario. El inquilino debe pagar la cantidad que se haya estipulado durante la firma del contrato.

¿Cómo y cuándo se actualiza?

El depósito de garantía se debe actualizar todos los años. El precio de este depósito se modifica en función de las variaciones interanuales del IPC o del índice ARCA de Alquiler Seguro, según el índice de referencia que se haya usado en el contrato.

Este importe lo custodia Alquiler Seguro y, según si sube o baja el precio del alquiler, se actualiza. No obstante, se trata de una modificación automática en la que ni inquilino ni propietario deben preocuparse. Por tanto, si la renta sube, por ejemplo, 20 euros, desde Alquiler Seguro se procederá a cobrar al inquilino 20 euros más como depósito de garantía.

En resumen, la fianza legal se actualiza a partir de los tres años y el depósito de garantía se actualiza anualmente. Además, el depósito de garantía se actualiza de forma automática pero la fianza legal debes acudir al organismo correspondiente y solicitar la actualización.

Si después de este post sigues teniendo dudas, no te preocupes, nosotros te ayudaremos y te explicaremos todo aquello que necesites.





14 Comentarios

  • Carlos 135 días hace
    ¿Quien tiene que pagar la renovación de la fianza?
    Reply
    • Álvaro Crespo Bedoya 119 días hace
      Buenos días Carlos,

      Si se refiere a las tasa por depósito de la fianza las tiene que pagar al arrendador, si se refiere a la diferencia entre la fianza depositada y la renta actualizada debe pagarla el arrendatario.

      Un saludo,
      Reply
  • Jose 199 días hace
    Al inicio de mi arrendamiento pagué una fianza a parte del mes en curso, hasta ahí todo bien, ahora esta fianza ha sido actualizada por mi arrendador ya que ha subido el precio del alquiler y me reclama la diferencia entre el aumento de la fianza y la que di en un principio, ¿esto puede hacerlo? Es decir, una vez habiendo yo pagado la fianza que venia estipulada por contrato ¿puede reclamarme más dinero en concepto de fianza por haberla actualizado en el registro?
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    • Álvaro Crespo Bedoya 177 días hace
      Buenas tardes josé,

      El artículo 36.2 LAU establece "Durante los cinco primeros años de duración del contrato, o durante los siete primeros años si el arrendador fuese persona jurídica, la fianza no estará sujeta a actualización. Pero cada vez que el arrendamiento se prorrogue, el arrendador podrá exigir que la fianza sea incrementada, o el arrendatario que disminuya, hasta hacerse igual a una o dos mensualidades de la renta vigente, según proceda, al tiempo de la prórroga" por lo que la misma no podrá actualizarse durante los 5 primeros años
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  • Paqui 302 días hace
    en un contrato de alquiler vivienda, cuando se tiene que hacer la actualizacion de la fianza , anualmente o solo una vez transcurridos los 3 años ?? y cuando hay que depositar dicha actualizacion en el gobierno de aragon anualmente o solamente una vez pasados los 3 años ??
    muchas gracias
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    • Álvaro Crespo Bedoya 302 días hace
      Buenas tardes Paqui,

      Conforme establece el artículo 18 LAU la actualización puede realizarse cuando se cumple cada anualidad del contrato y la actualización de la fianza debe depositarse cada vez que la misma se actualice.
      Reply
  • Kelly 1 años 272 días hace
    Hola cumplo un año de alquiler y la dueña me dice que me sube el 2 % del mes de alquiler pero que debo pagarle también el 2 % por cada una de las 2 fianzas que pagamos al principio esto es verdad? Es lo que dice la ley?
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    • Álvaro Crespo Bedoya 1 años 272 días hace
      Buenas tardes Kelly,

      Habría que revisar el contrato, pero si es legal actualizar las fianzas conforme al importe de la renta.

      Si necesita un asesoramiento más especializado puede contactar con Pluslegal Abogados, expertos en derecho inmobiliario, en [email protected]
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  • Esther 3 años 153 días hace
    Me gustaría saber si las condiciones de las fianzas se pierde tras la renovación de un cotrato.
    Reply
    • Alquiler Seguro 3 años 131 días hace
      Hola Esther, La fianza no se pierde tras la renovación del contrato. Es una cantidad económica que el arrendatario da al arrendador para garantizar el incumplimiento de determinadas obligaciones por parte del inquilino. el arrendador tendrá que devolver la fianza o parte de ella una vez que termine el contrato, y siempre y cuando se hayan cumplido las obligaciones contractuales y no existan desperfectos en el inmueble.
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  • Oreneta 3 años 237 días hace
    Hola! Me renuevan el contrato de alquiler por 5 años, después de cumplir un contrato de 3 años.
    La inmobiliaria comenta que harán una retirada de la fianza (2 meses) y la despositarán de nuevo. Esto es normal? El precio del alquiler solo a subido 8€ en estos años. Es debido a eso, a la diferencia?
    Muchas gracias!
    Reply
    • Alquiler Seguro 3 años 221 días hace
      Hola Oreneta, La retirada de la fianza y el nuevo depósito, responde a la firma de un nuevo contrato, no a una renovación del anterior. La subida del precio del alquiler, solo podrá realizarse por parte del arrendador al finalizarse un arrendamiento y formalizar un nuevo contrato de arrendamiento.
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  • BONNIE 3 años 301 días hace
    tengo que firmar la renovación del contrato de alquiler el cual ha sufrido después de 4 años un aumento del alquiler de 250€ por mes. Me solicitan de nuevo una fianza de 500,-€ (parte proporcional de la subida de 2 meses). Están en su derecho?
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    • Alquiler Seguro 3 años 278 días hace
      Hola Bonnie, La fianza debe actualizarse conforme a la nueva renta. Asimismo si se ha entregado inicialmente una cantidad , únicamente deberá aportar lo correspondiente para poder actualizar el importe
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