05/11/2020
El subalquiler o subarriendo de habitaciones es una práctica de la que muchos nos preguntais a menudo en el consultorio del alquiler, ¿es legal?, ¿hay que comunicarlo al propietario?, ¿cómo se hace? Resolvemos estas y otras muchas dudas.
Todo lo que tienes que saber sobre el subalquiler de habitaciones en un piso de alquiler
Cuando un inquilino entra a vivir en un inmueble de alquiler, acuerda con su propietario una serie de cláusulas que estarán vigentes durante todo el tiempo que se alargue el contrato de arrendamiento.
Uno de los aspectos en el que los arrendatarios (inquilinos) deben tener más está relacionado con las acciones que va a poder desarrollar en la vivienda como, por ejemplo, el uso que le pueda dar a esta o si tiene potestad para subalquilar las habitaciones. Para que no os quedéis con ninguna duda, no tengáis quebraderos de cabeza y no propiciéis una rotura contractual, os contamos todo lo que tenéis que saber sobre este tema.
¿Qué es el subalquiler de habitaciones?
En los últimos años, hay inquilinos que, por diferentes motivos, deciden realquilar una parte de la vivienda en la que viven de alquiler. De esta manera el subarrendatario se convierte en inquilino del inquilino y el primer arrendatario del inmueble se convierte en arrendador de la persona a la que se ha alquilado un espacio de la casa. Esta situación, se suele dar, principalmente, en hogares donde viven estudiantes o en pisos donde vive solo una persona.
¿Es legal el subalquiler de habitaciones de una vivienda alquilada?
El subalquiler de habitaciones es una práctica legal, pero si existe la aprobación del propietario del inmueble, según se establece en el artículo 8 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
Artículo 8. Cesión del contrato y subarriendo.
1. El contrato no se podrá ceder por el arrendatario sin el consentimiento escrito del arrendador. En caso de cesión, el cesionario se subrogará en la posición del cedente frente al arrendador.
2. La vivienda arrendada sólo se podrá subarrendar de forma parcial y previo consentimiento escrito del arrendador.
El subarriendo se regirá por lo dispuesto en el presente Título para el arrendamiento cuando la parte de la finca subarrendada se destine por el subarrendatario a la finalidad indicada en el artículo 2.1. De no darse esta condición, se regirá por lo pactado entre las partes.
El derecho del subarrendatario se extinguirá, en todo caso, cuando lo haga el del arrendatario que subarrendó.
El precio del subarriendo no podrá exceder, en ningún caso, del que corresponda al arrendamiento.
En caso de que el arrendador acepte, el primer inquilino tendrá que hacer un contrato a cada una de las personas que subarriéndenlas habitaciones, especificando la zona que se ha cedido y las normas existentes en esa vivienda de alquiler. Además, es necesario que aparezca la cuantía a pagar, que nunca puede ser mayor a la totalidad de la renta existente, y el tiempo que se prolongará, que no puede superar la duración del arrendamiento pactado en el primer contrato con la propiedad.
El propietario, ¿se puede negar?
Como es normal, para no perder el control de la vivienda, el arrendador puede negarse a que esta práctica se lleve a cabo en su vivienda. Para que el inquilino no pueda subalquilar habitaciones, solo tiene que incluir una cláusula en el contrato de arrendamiento donde se indique la prohibición de realizar esta acción. En caso de que este punto aparezca en el documento que regula el alquiler y, aun así, lo hagas, estarás incoando en un incumplimiento del contrato y el casero podrá rescindirlo.
Lo más habitual es que encontremos en la mayoría de los contratos de alquiler una clausula especifica donde se prohíbe el subarriendo de la vivienda, por lo que es importante que siempre consultes lo pactado y firmado al inicio del alquiler, antes de tomar ninguna medida.
Y como inquilino ¿me interesa hacerlo?
Aunque en un principio puedas pensar que subalquilar habitaciones es una buena opción para compartir gastos o para quitarte de complicaciones; lo cierto e que existe una manera mejor y es la de compartir piso. Para ello, debes incluir a la nueva persona en el contrato de alquiler, de esta forma el resto de los inquilinos asumirá los mismos derechos y obligaciones que tú. Además, de esta manera, en caso de impago, no tendrás que responder por el moroso.
¿Tienes dudas sobre el subalquiler de habitaciones? Pregúntanos.