
06/04/2015
Desde esta misma semana todos los contribuyentes tenemos disponible el borrador de la declaración de la renta en internet. Empieza la cuenta atrás para presentar la declaración del ejercicio 2014, así que muy atento porque te explicamos las novedades en el alquiler.
Reforma fiscal
Después de la aprobación de la reforma fiscal que entró en vigor en enero, cambian ciertas cosas en materia de alquiler para las obligaciones fiscales.
En 2014 se mantiene la deducción estatal respecto a alquiler de vivienda habitual, pero recordamos que desaparece para todos aquellos contratos de alquiler firmado a partir de 2015. Los inquilinos hasta ahora podían deducirse el 10% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por alquiler de vivienda habitual.
En cuanto a los propietarios, se iguala la reducción por alquiler. Hasta el ejercicio pasado, los propietarios de viviendas de alquiler con inquilinos de menos de 30 años podían deducirse el 100% del IRPF. Ahora, con la nueva reforma fiscal, la exención será igual para todos, situándose en un 60%.
Gastos generados por alquiler
Por otro lado, los propietarios mantendrán la deducción de los gastos generados por el alquiler de vivienda, tales como: seguro de hogar, tasa de comunidad, gastos de conservación o IBI.
Deducciones autonómicas
A pesar de que para el siguiente ejercicio se eliminarán o reducirán las decucciones estatales, las comunidades autónomas aún tienen mucho que decir. Por ejemplo, la Comunidad de Madrid ya ha anunciado que mantendrá la deducción por alquiler de vivienda habitual que es hasta del 20% para menores de 35 años. Así que muy atento a tu comunidad de residencia fiscal.
El borrador
Cuando solicitéis vuestro borrador comprobad que todos los datos son correctos e incluid la desgravación por alquiler si es necesario.