26/10/2020
Aunque cuando firmes tu contrato de alquiler lo leas detenidamente, te hagas anotaciones y releas todo lo que no hayas entendido, pasado un tiempo es posible que ciertas cosas se te olviden. Uno de los conceptos que más dudas traen después de meses viviendo tranquilo en tu piso de alquiler es la fianza ¿cuánto tiempo tardaré el recuperar la fianza?
Plazo de devolución de la fianza del alquiler
Es común que antes de que finalice el contrato de alquiler nos preguntemos cuándo nos devolverán la fianza, si nos corresponde y el proceso que se debe llevar a cabo. A continuación, te explicamos el procedimiento a seguir.
La fianza
La fianza, conceptualmente, es una garantía que busca asegurar el cumplimiento de una obligación. En el caso del alquiler es un importe que el propietario exige al inquilino en el momento de la firma del contrato para cubrir posibles desperfectos o reparaciones en el piso de alquiler. Tanto su solicitud como depósito son obligatorios y nunca debe superar, en el caso del alquiler de una vivienda, de una mensualidad.
Si recurrimos a lo que dicta la ley vigente en materia de alquiler queda constancia de que “A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda”
La devolución
Desde la finalización del contrato de alquiler, el propietario tiene que devolver la fianza al inquilino, siempre y cuando le corresponda. La fianza, que debe estar depositada en el organismo de la comunidad autónoma correspondiente, según donde esté ubicada la vivienda que se alquila, se devuelve si el inquilino ha cumplido en tiempo y forma el contrato y si el piso de alquiler se encuentra en el mismo estado que fue entregado en su día.
Tal y como se especifica en la Ley de Arrendamientos Urbanos, en su artículo 36.4 sobre la fianza:
“El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución”
Lejos de lo que se piensa sobre que la fianza del alquiler debe ser restituida transcurrido un mes desde la finalización del contrato, esto no es así, pues la normativa no regula el plazo de devolución de la fianza, si no el retraso en la devolución de esta. Por tanto, la fianza será devuelta, siempre que corresponda, a la finalización del alquiler, tomando en cuenta el tiempo de reembolso a la propiedad, del organismo competente donde se encontrara depositada.
Fianza y garantía en el alquiler
La fianza y el deposito en el alquiler son dos conceptos diferentes en el arrendamiento de una vivienda. Mientras el primero, tal y como explicamos, equivale a una mensualidad, la garantía del alquiler es un depósito adicional que puede solicitar el propietario y que desde el 6 de marzo de 2019 con la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 7/2019 de 1 de marzo, no podrá exceder de dos mensualidades de renta.
Por otro lado, es importante recordar para la devolución de la fianza de una vivienda en alquiler que, el inquilino puede abandonar el piso de alquiler a partir de cumplirse 6 meses desde la firma del contrato, percibiendo entonces la parte proporcional correspondiente a la fianza.
La Ley de Arrendamientos Urbanos, en su artículo 11 especifica al respecto de estos casos:
“El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización”
Recuerda que, para la devolución de la fianza del alquiler, es importante tener todos los plazos y condiciones bien claros, además antes de abandonar la vivienda tendrás que avisar con un mes de antelación a la propiedad y solicitarle el reintegro de la fianza del alquiler.
Y ¿cómo saber si me corresponde o no la devolución de la fianza del alquiler? La fianza siempre será restituida al arrendatario salvo que exista un incumplimiento de contrato, de las obligaciones o daños y desperfectos en la vivienda. En esta entrada de nuestro consultorio te damos más información.
¿Tienes alguna duda sobre la fianza en el alquiler? ¡Pregúntanos! Nuestros asesores inmobiliarios y el equipo jurídico resolverá todas.