11/10/2021
A la hora de formalizar un alquiler el contrato lo es todo, pues se trata del documento que nos protege y donde quedan reflejados nuestros derechos y obligaciones como arrendador y arrendatario. Esta semana en Alquiler Seguro hemos preparado este post especial donde te explicamos cómo hacer un contrato de alquiler entre particulares cumpliendo la ley y ofreciéndote la máxima seguridad.
Consejos para redactar un contrato de alquiler entre particulares
En principio y de cara a redactar un contrato de alquiler entre particulares siempre es importante contar con conocimientos básicos sobre la Ley de Arrendamientos Urbanos, estos nos ayudarán a realizarlo de forma correcta y a evitar clausulas nulas o abusivas, sin validez legal. Por otro lado, cuando vamos a redactar un contrato de alquiler entre particulares es muy importante que tomemos en consideración las siguientes premisas:
Lo que dice la ley
Si estás pensando en hacer un contrato de alquiler entre particulares, nuestro primer consejo es que este sea por escrito, aunque los contratos verbales son válidos legalmente, son más difíciles de demostrar y de cumplir, por lo que evita problemas futuros y siempre deja todo por escrito. Por otro lado, de cara a redactar un contrato de alquiler legal, este siempre debe estar conforme a lo que dictamina la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), por lo que tendrás que empaparte bien de las últimas novedades de la normativa. Recuerda que la última actualización de la norma fija la duración de los alquileres en cinco años, con una prorroga de 3 en el caso de personas físicas.
El cuerpo del contrato de alquiler
Un contrato de alquiler entre particulares y legal, además de estar regido por la LAU tiene que incluir unos apartados básicos:
Sobre arrendador y arrendatario
Todo contrato de alquiler debe incluir los datos de las partes (propietario e inquilino) así como la identificación de todas aquellas personas mayores de edad que vayan a residir en el inmueble.
Acerca del inmueble
El objeto de alquiler, esto es, la vivienda, tiene que aparecer reflejada en el contrato. Se debe especificar la dirección exacta de la vivienda a arrendar, así como su titular de esta.
Duración
Tal y como recoge la LAU los contratos de alquiler tienen una duración mínima de 5 años, con posibilidad de renovar durante 3 años más, mientras que, si estos se formalizan con una persona jurídica, el tiempo se incrementa hasta los 7 años. Por su parte, el arrendatario puede rescindir el contrato de alquiler, transcurridos al menos seis meses desde la formalización de este, y siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días.
En el caso de desistimiento del contrato por parte del inquilino transcurridos los seis primeros meses, puede existir una penalización por el tiempo restante a la finalización del alquiler que puede quedar contemplada en el contrato.
La renta
El precio del alquiler, indicado en mensualidades y anualidad y la forma de pago no pueden faltar un contrato de alquiler legal.
Fianza y garantías adicionales
Tal y como indica la Ley de Arrendamientos Urbanos a la formalización del alquiler es de obligado cumplimiento el abono y depósito de la fianza del alquiler, la cual equivale a una mensualidad del arrendamiento. La fianza tiene que ser depositada en el organismo competente según la Comunidad Autónoma, la cual será la encargada de su custodia y devolución.
Por su parte, el propietario puede solicitar una garantía adicional que no podrá exceder de dos mensualidades de la renta. Esta garantía adicional, en el caso de solicitarse, puede y debe aparecer por contrato.
Gastos
Comunidad, IBI, tasas de basura, suministros, el todo contrato de alquiler entre particulares tiene que existir un clausulado especifico donde se refleje a quién le corresponde el pago de cada cosa. Lo habitual es que la propiedad sea la responsable del pago de impuestos asociados al inmueble y comunidad y el arrendatario de tasa de basuras y suministros.
Averías y reparaciones
Este aspecto es muy importante entre propietarios e inquilinos por tanto tiene que quedar bien reflejado en el contrato de alquiler para que, ante la duda, siempre sirva como referencia. En cuanto a las reparaciones, será el propietario el que tenga que realizar todas aquellas que sean necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, sin por ello, elevar el importe de la renta y siempre y cuando estas no sea consecuencia de un mal uso por parte del inquilino. Respecto al mantenimiento del inmueble, será el arrendatario el encargado de asumirlo.
Asesoramiento en un contrato de alquiler entre particulares
Aunque creas que la redacción de un contrato de alquiler entre particulares es una cosa sencilla, no es así y es que necesitas de unos conocimientos jurídicos para que el contrato de alquiler se ajuste a la legalidad, además es importante que cualquier contrato proteja a las partes, por lo que siempre te recomendamos que te dejes asesorar y confíes en la labor de los profesionales inmobiliarios.
En Alquiler Seguro, nos encargamos de todo el proceso de alquiler de una vivienda, desde la promoción, hasta la gestión de visitas y la formalización del contrato de alquiler, garantizándote siempre la máxima seguridad y el cobro puntual de las rentas el día 5 de cada mes.
Además, disponemos de un área jurídica especializado en arrendamientos urbanos que se encargará te cualquier gestión legal sobre tu inmueble, además de asesorarte y resolver las dudas que te puedan surgir sobre el alquiler.
¿Te surgen dudas sobre cómo redactar un contrato de alquiler entre particulares?, ¿Necesitas información sobre arrendamientos?, ¿quieres tener un alquiler seguro? Pregúntanos nuestros asesores te responden y te darán las claves para que tener la protección a propietarios que necesitas.